Miraflores
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¿A quien beneficia la interpretación de las normas? | ¿A quien beneficia la interpretación de las normas? |
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| miércoles, 29 de julio de 2009 | |
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En el último Pleno de la Corporación Municipal, celebrado el día 28 de julio, el PP con sus votos aprobó unos criterios de interpretación de las Normas Subsidiarias de nuestro pueblo en lo que respecta a las tres alturas en el casco urbano. Tan farragoso era el asunto que llevó al Pleno dos propuestas distintas para un mismo punto del Orden del Día; pero lo más extraño fue que hubo que votar una u otra propuesta en vez de votar propuesta por propuesta como es lo más habitual, algo raro por que es la primera vez que un asunto a tratar por el Pleno se divide en dos propuestas, no sabemos hasta que punto esto es o no legal (Art.46 de la ley 7/1985) y cuales eran los fines que se perseguían con ello. El Grupo de Concejales Socialístas teníamos y tenemos aún serias dudas sobre los criterios de interpretación de las Normas propuestos al Pleno y más aún la manera de votar las propuestas. Por ello los Concejales del PSOE, así como el resto de los Concejales de la oposición, propusieron en el Pleno que este asunto fuera tratado como una Modificación Sustancial de las Normas, por el calado que tiene, y no como unos criterios de interpretación de las mismas que a lo que más se asemeja es a una Modificación encubierta de las Normas. El Alcalde respondió, como era de esperar y después de su dosis de demagogia, que no se podía llevar a cabo una Modificación Sustancial de las Normas ya que ello supondría una mayor edificabilidad lo que conllevaría a que tuviera que haber cesiones hacia el Ayuntamiento y eso era muy complicado; es más fácil hacer lo que hicieron con los criterios de interpretación pero nos surge una pregunta: ¿con lo que aprobó el PP no aumenta la edificabilidad?, nosotros creemos que si y que además con este acuerdo no se genera ninguna cesión ni plusvalía para el Ayuntamiento. ¿Esto beneficia más a todos los vecinos de Miraflores o solamente a una exigua minoría? Las Normas Subsidiarias de Miraflores, del año 1997, especifican que si en una manzana del casco urbano no hay más del 50% de superficie de la misma ocupada por edificaciones de tres alturas solo se podrá edificar dos alturas como máximo. Vamos a poner un ejemplo con un caso extremo: (según las Normas Subsidiarias) una manzana de 5000 m2 de superficie ocupada por una edificación de tres plantas y 100 m2 en planta, dejando libre una superficie de 4900 m2; según las Normas solo se podría edificar dos alturas en el resto de la manzana, lo que nos llevaría a una edificabilidad de 4900 m2 x 2 = 9800 m2. (según los criterios acordados por el PP) una manzana de 5000 m2 de superficie ocupada por una edificación de tres plantas y 100 m2 en planta, dejando libre una superficie de 4900 m2; según los criterios de interpretación se podría edificar tres alturas en el resto de la manzana, lo que nos llevaría a una edificabilidad de 4990 m2 x 3 = 14700 m2. Lo que arroja una diferencia de 4900 m2 más de edificabilidad entre un supuesto y otro; todo ello sin que el Ayuntamiento reciba contraprestación alguna por cesiones o aprovechamientos urbanísticos. Y esto multiplicado por las diferentes manzanas del casco que se puedan acoger a estos criterios de interpretación de las Normas. Sr. Pérez Gómez, no sea demagogo y no diga que el que no apoye la propuesta aprobada por el PP está contra los vecinos de Miraflores ¿a quien beneficia esto? al pueblo y a la mayoría de sus vecinos no, y por eso genera tantas dudas y recelos al resto de los Concejales que conforman el Ayuntamiento y les lleva a proponer una Modificación de las Normas o mejor aún el inicio de la redacción del Plan General de Ordenación Urbana; a ustedes señores del PP no les genera ningún tipo de dudas los criterios de interpretación que han a probado ¿por qué será?. |
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